El Ministerio de Hacienda establece un nuevo régimen sancionador al tráfico ilegal de tabaco en el Anteproyecto de Ley de Modificación parcial de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
A partir del momento en el que entre en vigor la nueva norma, pasará a ser falta muy grave, por ejemplo, el contrabando de tabaco con una valoración económica que supere los 6.000 euros, frente a los 7.200 euros actuales.
Algunas sanciones duplican su cuantía en la nueva redacción. Faltas consideradas muy graves pasan de tener una sanción del 350% como máximo del valor defraudado a ser de hasta el 600%. Si es grave, la sanción pasa a ser de hasta el 450% del valor del fraude (antes, 275%), y si es leve se eleva al 300% (antes, 225%).
También aumenta la sanción mínima por realizar el contrabando. Antes era de 1.000 euros y con el nuevo castigo pasa a 2.000 euros.
La nueva norma también endurece las sanciones a los establecimientos donde se realiza el contrabando. Incrementa los importes económicos y el número de días de cierre de los mismos.
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