La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha realizado un informe sobre el Proyecto de Real Decreto por el que se modifica Real Decreto 1199/1999, de 9 de julio, por el que se desarrolla la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria y se regula el Estatuto concesional de la red de expendedurías de tabaco y timbre (PRD). En él se analizan las implicaciones del mismo desde el punto de vista de la competencia efectiva en los mercados y la buena regulación económica y pide a Hacienda que analice si debe mantener la existencia del monopolio en la distribución minorista de tabaco a través de los estancos.
- Recomienda al Gobierno que analice si debe mantener el monopolio de la distribución minorista de tabaco a través de los estancos.
- Sugiere eliminar determinados requisitos exigidos para ser titular y se considera excesiva la duración de las concesiones.
- Aconseja proporcionar mayor libertad a los concesionarios en los productos que se pueden comercializar, en el almacenamiento de productos, en el cambio de emplazamiento, y en la transmisión de expendedurías.
El informe realiza una serie de observaciones particulares sobre diversas restricciones y que recomienda modificar:
- Considera desproporcionada que las concesiones sean de 25 años y pide a Hacienda que regule un plazo inferior.
- Solicita que elimine o suavice los requisitos para ser titular de una expendeduría.
- Reclama a Hacienda que deje libertad a los operadores para que decidan qué actividades o servicios realizar en los estancos, declarando sus actividades a través de una simple comunicación. Y elimine la limitación en los productos a comercializar (artículos de fumador, de librería, papelería u otros debidamente autorizados por el Comisionado de Tabacos) porque no se derivan de la Ley 13/1998.
- Conceda por mecanismos competitivos, como la subasta, los “despachos” temporales de tabaco a terceros, para ferias, exposiciones, etc.
- Revise las reglas generales para la instalación de expendedurías porque se concede excesiva discrecionalidad a la Administración Pública.
- Pide que se elimine la exigencia de tener previamente un establecimiento para optar a una expendeduría complementaria.
- Considera innecesaria y desproporcionada a la competencia exigir que el tabaco se almacene en el punto de venta y se exija una autorización administrativa para utilizar otro local.
- No estarían justificadas las causas tasadas para el cambio de ubicación.
- Pide que se elimine la limitación que existe en la actualidad de abastecer en exclusividad las máquinas expendedoras entre los tres estancos más próximos.
- Pide que se elimine o se justifique mejor la obligación de adquirir y transportar las labores de tabaco personalmente por el titular del estanco.
- Pide que se eliminen las restricciones en la transmisión de los estancos y la participación en nuevos concursos.
ACCESO AL INFORME> http://goo.gl/E9fU7L
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